Condiciones generales
CONDICIONES GENERALES DE ENTREGA DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Donquilevanta BV,
INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL CON EL NÚMERO 61679232
NÚMERO DE IVA: NL854442789B01
DIRECCIÓN: Provincialeweg 4-09, 4013 CL, KAPEL-AVEZAATH, PAÍSES BAJOS
ARTÍCULO 1 APLICABILIDAD Y DEFINICIONES
1. Estas Condiciones Generales se aplican a todas las ofertas/presupuestos y consultas de y acuerdos con Donquilevanta B.V. (en adelante «Donquilevanta»). Se aplican a todas las ventas y entregas de mercancías en el sentido más amplio de la palabra. Estas condiciones también se aplican a todos los contratos de cesión y a todos los servicios prestados por Donquilevanta, incluidos el asesoramiento, las inspecciones y la información facilitada. 2. En estas Condiciones Generales se entiende por:
– Contraparte: la persona física (que actúa en el ejercicio de una profesión o negocio o como consumidor), la sociedad o entidad jurídica que recibe ofertas, presupuestos o solicitudes de Donquilevanta de conformidad con el apartado 1 de este artículo o de la que Donquilevanta recibe solicitudes o que concluye acuerdos con Donquilevanta. – Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o negocio. – Daño directo: se entiende por daño directo exclusivamente:
a. los daños materiales que guarden una relación de causalidad directa con una acción u omisión de Donquilevanta; b. los costes razonables en que tendría que incurrir la contraparte para que la ejecución se ajuste a lo acordado; no obstante, estos costes no se reembolsarán si el acuerdo se disuelve por o a petición de la contraparte; b. los costes razonables en que se haya incurrido para determinar la causa y el alcance del daño, en la medida en que la determinación se refiera a un daño directo en el sentido de estos términos y condiciones; c. los costes razonables en que se haya incurrido para evitar o limitar el daño, en la medida en que la otra parte demuestre que estos costes condujeron a una limitación del daño directo en el sentido de estos términos y condiciones.
– daños indirectos: todos los daños que no entran en la definición de daños directos, como daños consecuenciales, pérdida de beneficios, daños como consecuencia de resultados (de ventas) decepcionantes, mayor producción y/o gastos, lesiones corporales, daños inmateriales, ahorros perdidos, menor fondo de comercio, daños debidos al estancamiento del negocio, daños como consecuencia de reclamaciones de/entre clientes de la otra parte, mutilación o pérdida de datos, daños relacionados con el uso por la otra parte de proveedores, transportistas y/o terceros prescritos para la ejecución del acuerdo, intereses y costes.
– Contrato a distancia: acuerdo relativo a la compra y entrega de bienes celebrado entre Donquilevanta y un consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de bienes y/o servicios, en virtud del cual, hasta la celebración del acuerdo inclusive, se hace uso exclusivo o conjunto de una o varias técnicas de comunicación a distancia.
– plazo de retractación: plazo durante el cual el Consumidor puede ejercer su derecho de retractación, que será de 14 días a partir del día en que los bienes hayan sido entregados al Consumidor en la dirección facilitada por éste a Donquilevanta.- plazo de retractación: plazo durante el cual el Consumidor puede ejercer su derecho de retractación, que será de 14 días a partir del día en que los bienes hayan sido entregados al Consumidor en la dirección facilitada por éste a Donquilevanta.- plazo de retractación: plazo durante el cual el Consumidor puede ejercer su derecho de retractación, que será de 14 días a partir del día en que los bienes hayan sido entregados al Consumidor en la dirección facilitada por éste a Donquilevanta.
– Derecho de desistimiento: posibilidad de que un consumidor renuncie al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión, en cuyo caso se disuelve el contrato a distancia. El consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento sin indicar los motivos. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio oportuno del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.
Si el consumidor ejerce el derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales quedarán disueltos de pleno derecho.
3. Donquilevanta se esfuerza por facilitar a la contraparte las presentes Condiciones Generales antes o en el momento de la celebración de los contratos. Sin embargo, si no se han entregado o si no es razonablemente posible hacerlo, la contraparte puede solicitar a Donquilevanta su inspección. A la primera petición de la contraparte, las Condiciones Generales se enviarán gratuitamente. Las Condiciones Generales también pueden descargarse gratuitamente de gevelridder.nl.
ARTÍCULO 2 CONDICIONES GENERALES DE LA OTRA PARTE Y ACUERDOS DIVERGENTES
1. Las condiciones generales de compra, entrega y/o pago de la contraparte o condiciones de efecto similar no se aplican a las ofertas/presupuestos y/o solicitudes de Donquilevanta y a los acuerdos concluidos con Donquilevanta, incluso si la contraparte las ha puesto previamente a disposición de Donquilevanta. Donquilevanta rechaza expresamente los términos y condiciones utilizados por la contraparte.
2. Los acuerdos entre Donquilevanta y la contraparte que difieran de estas Condiciones Generales sólo se aplicarán entre Donquilevanta y la contraparte si Donquilevanta ha confirmado estos acuerdos por escrito.
ARTÍCULO 3 OFERTAS, ACUERDOS Y PRECIOS, DERECHO DE DESISTIMIENTO
1. Todas las ofertas y presupuestos de Donquilevanta son siempre sin compromiso. Si una oferta o presupuesto es aceptado por la contraparte, Donquilevanta tiene derecho a revocar la oferta o presupuesto en un plazo de siete días laborables a partir de la recepción de la aceptación. Lo anterior también se aplica cuando las ofertas o presupuestos se realizan a través del sitio web de Donquilevanta o de un sistema digital/online (de pedidos) utilizado por Donquilevanta. 2. Salvo que se indique lo contrario, una oferta o presupuesto de Donquilevanta tiene un periodo de validez de hasta 21 días, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo. 3. Un contrato se celebra, incluso después de que la contraparte haya aceptado una oferta o presupuesto de Donquilevanta, sólo después de que Donquilevanta haya confirmado el contrato a la contraparte por escrito, o Donquilevanta haya comenzado la ejecución del contrato. 4. Se considerará siempre que la confirmación del pedido proporcionada por Donquilevanta refleja plenamente la naturaleza, el contenido y el alcance del acuerdo, salvo prueba en contrario que deberá aportar la contraparte. Si, en opinión de la contraparte, la confirmación de pedido se desvía de lo acordado, la contraparte deberá protestar contra ella por escrito en un plazo máximo de cinco días hábiles, pero en cualquier caso antes de la fecha de entrega. En su defecto, caducará la facultad de prueba en contrario y la confirmación de pedido emitida por Donquilevanta será vinculante entre las partes.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo, el contrato a distancia se perfecciona con el pedido completado a través de la tienda web de Donquilevanta por parte de la contraparte, aunque no se proporcione confirmación de pedido por dicho sistema. No obstante, las disposiciones del apartado 1 de este artículo se aplican sin perjuicio.
6. Cuando se celebra un contrato a distancia, el consumidor tiene derecho de desistimiento. El periodo de reflexión es de 14 días tras la recepción de los bienes por parte del consumidor. Durante el periodo de reflexión, el consumidor tratará con cuidado el bien que se le ha entregado y su embalaje. Sólo desembalará o utilizará el artículo en la medida necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento del artículo. El principio básico aquí es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el bien que se le entrega como se le permitiría hacer en una tienda. 7. Si se celebra un contrato a distancia y no se realiza o proporciona una confirmación del pedido, la naturaleza, el contenido y el alcance del contrato quedarán siempre plenamente probados por lo que conste y se registre en o por este sistema, salvo prueba en contrario de la otra parte. 8. Todos los pedidos, encargos o comisiones realizados por representantes, intermediarios o empleados no vincularán a Donquilevanta hasta que hayan sido confirmados por escrito por Donquilevanta. 9. Si una consulta o pedido de la parte contraria se desvía de la cantidad estándar utilizada por Donquilevanta, Donquilevanta está autorizado a entregar y cobrar a la parte contraria por esta cantidad estándar, sin que la parte contraria tenga derecho a indemnización y/o disolución (parcial) del contrato.
ARTÍCULO 4 PRECIOS
1. A la contraparte se le facturarán los precios vigentes el día de la celebración del contrato. Si después de la celebración del contrato uno o varios factores determinantes de los costes en los que se basan los precios de Donquilevanta han sufrido un cambio, debido a cualquier circunstancia, Donquilevanta tendrá derecho a aumentar en consecuencia los precios acordados, sin que en ese caso la contraparte tenga derecho a una indemnización por daños y perjuicios o a la disolución total o parcial del contrato.
2. Si, en el caso contemplado en el apartado 1 de este artículo, el aumento del precio sin IVA ni transporte es superior al 10%, Donquilevanta lo notificará a la contraparte. En ese caso, la contraparte tendrá derecho a disolver el contrato mediante carta certificada, pero sólo sujeto al pago simultáneo de los costes ya incurridos por Donquilevanta en la ejecución del contrato y los costes resultantes de la disolución. Éstos serán especificados por Donquilevanta a primera solicitud de la contraparte.
Esta disolución debe ser recibida por Donquilevanta en un plazo de siete días a partir de la notificación por Donquilevanta del aumento de precio.
3. Si los bienes acordados ya han sido entregados por Donquilevanta, el derecho de disolución mencionado en el apartado 2 de este artículo caduca.
4Los precios indicados son franco fábrica/almacén, salvo que se indique lo contrario en la oferta.
5. Todos los precios son siempre sin IVA, gastos de envío y/o transporte y seguro, salvo que se indique lo contrario en la oferta y se acuerde lo contrario.
ARTÍCULO 5 CONDICIONES DE PAGO
1. El pago de los bienes y/o servicios suministrados por Donquilevanta a personas físicas que actúen en el ejercicio de una profesión o empresa, a sociedades y a personas jurídicas debe efectuarse en un plazo de 14 días a partir de la fecha de la factura, salvo que se acuerde otra cosa por escrito. El pago debe efectuarse en Holanda, de una de las siguientes formas: en efectivo en la dirección de la oficina de Donquilevanta, o en una cuenta bancaria o de giro de la que Donquilevanta sea titular en un banco o sucursal de un banco establecido en Holanda.
2. Si se acuerda el pago en el extranjero, Donquilevanta indicará a la contraparte de qué forma y dónde debe efectuarse el pago. Cualquier coste derivado del pago en el extranjero, incluidos los costes de transferencia a Holanda y la pérdida del tipo de cambio, correrá a cargo de la contraparte. Donquilevanta tiene derecho a cobrar un recargo sobre el precio de venta por estos costes, o a cobrarlos por separado. 3. El pago de los bienes y/o servicios suministrados por Donquilevanta a los consumidores deberá realizarse en efectivo o mediante tarjeta de débito. 4. Cuando se celebre un contrato a distancia, el pago se realizará siempre directamente en el momento de la celebración del contrato a distancia mediante una opción de pago electrónico ofrecida en el sitio web de Donquilevanta . 5. La contraparte no podrá invocar la liquidación y/o suspensión del pago contra Donquilevanta en relación con supuestas deficiencias por parte de Donquilevanta o por cualquier otro motivo. 6. Tras la expiración del plazo mencionado en el apartado 1 de este artículo, el importe de la factura será inmediatamente exigible y pagadero. La contraparte se encuentra entonces, sin necesidad de notificación de incumplimiento, legalmente en mora. 7. Una vez transcurrido el plazo mencionado en el apartado 1, la otra parte adeudará intereses sobre el importe impagado equivalentes al interés comercial legal según lo dispuesto en la Sección 6:119a del Código Civil holandés. 8. Los pagos servirán en primer lugar para pagar todos los costes adeudados, después los intereses y a continuación las facturas pendientes de pago más antiguas, incluso si la otra parte declara que el pago se refiere a una factura posterior. 9. Si la contraparte no ha cumplido sus obligaciones de pago a tiempo, la contraparte deberá a Donquilevanta los costes de cobro extrajudicial, que se fijan en el 15% del importe impagado, con un mínimo de 375 euros. Además, la contraparte está obligada a soportar y pagar íntegramente todos los costes judiciales y de asistencia jurídica en los que incurra Donquilevanta. Estos costes también incluyen otros y/o superiores a los costes del proceso que se estimen por ley.
10. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo, la contraparte incurrirá en mora de pleno derecho en caso de quiebra, (solicitud de) suspensión de pagos, cese o liquidación de la actividad de la contraparte, o admisión a un régimen legal de reprogramación de deudas, sin que sea necesaria la notificación de mora. El importe total de todo lo que Donquilevanta adeude en ese momento será entonces pagadero de inmediato.
ARTÍCULO 6 SEGURIDAD
1. En caso de que Donquilevanta tenga motivos fundados para temer que la contraparte no cumplirá íntegra o puntualmente sus obligaciones derivadas del contrato, Donquilevanta tendrá derecho, antes o durante la ejecución del contrato, a suspender el cumplimiento de sus obligaciones hasta que la contraparte, a petición de Donquilevanta y a satisfacción de ésta, haya constituido una garantía para el cumplimiento de todas sus obligaciones derivadas del contrato.
Esta disposición también se aplica si el plazo de pago aplicable aún no ha expirado.
2. Donquilevanta tiene los «motivos fundados» a los que se refiere el apartado 1 de este Artículo en cualquier caso si la contraparte tiene, o ha tenido hace no más de 6 meses, retrasos en los pagos con respecto a contratos y/o entregas anteriores.
3. Una vez transcurrido el plazo fijado por Donquilevanta para la constitución de la garantía, la contraparte se encuentra en situación legal de incumplimiento y Donquilevanta podrá disolver el contrato sin intervención judicial mediante declaración escrita, sin perjuicio del derecho de Donquilevanta a una indemnización íntegra y sin perjuicio de sus demás derechos.
ARTÍCULO 7 PLAZO DE ENTREGA, ENTREGA Y RIESGO
1. Donquilevanta hará todo lo posible para entregar la mercancía a la contraparte de acuerdo con el plazo de entrega especificado o acordado. No obstante, los plazos de entrega indicados son siempre meramente orientativos y nunca deben considerarse como plazos, salvo que se designen expresamente como tales en el contrato.
2. Salvo dolo o imprudencia deliberada por parte de Donquilevanta, si el plazo de entrega se sobrepasa hasta en 7 días, la contraparte no podrá reclamar indemnización y/o resolución del contrato. Si el plazo de entrega se supera en más de 7 días, la contraparte debe notificar por escrito a Donquilevanta el incumplimiento. En esta notificación de incumplimiento, la contraparte debe dar a Donquilevanta un plazo razonable para el cumplimiento.
3. El plazo de entrega comienza el día en que la contraparte ha recibido la confirmación por escrito del contrato por parte de Donquilevanta, o el día en que se ha acordado la entrega de acuerdo con el calendario de entrega acordado o en el contrato. Sin embargo, no comenzará hasta después de que la contraparte haya cumplido todos los posibles detalles relacionados con la ejecución del contrato que deben ser establecidos previamente por la contraparte. Si no se ha proporcionado a la contraparte una confirmación de aceptación por escrito y/o la aceptación de la contraparte ha tenido lugar a través del sitio web de Donquilevanta o de un sistema digital/online utilizado por Donquilevanta, el plazo de entrega comenzará el primer día laborable después de dicha aceptación, a menos que Donquilevanta indique lo contrario. 4. Donquilevanta está autorizado a entregar la mercancía vendida por partes a la contraparte; en ese caso, Donquilevanta también está autorizado a facturar por separado la parte entregada a la contraparte. 5. La entrega tiene lugar cuando Donquilevanta pone los bienes a entregar listos y a disposición de la contraparte en su fábrica o almacén, o en el lugar que ésta especifique. Donquilevanta lo notificará a la contraparte. La mercancía no estará asegurada por Donquilevanta.
6. La contraparte está obligada a recibir la mercancía puesta a disposición de acuerdo con el párrafo anterior en un plazo máximo de 5 días laborables, salvo que se acuerde otra cosa por escrito. La contraparte deberá proporcionar a Donquilevanta una prueba adecuada de la recepción de la mercancía entregada.
7. Si la contraparte desea inspeccionar la mercancía en el momento de la recepción, los costes de la misma correrán a cargo de la contraparte. Lo mismo se aplica a cualquier inspección ordenada por el gobierno.
8. Si a juicio de Donquilevanta es necesario, Donquilevanta cooperará con la contraparte para obtener toda la documentación necesaria que la contraparte razonablemente requiera con respecto a los bienes entregados en el marco de la comercialización de los mismos. Donquilevanta tiene derecho a cobrar a la contraparte los gastos en que incurra por este concepto, mientras que los gastos en que incurra Donquilevanta deberán ser reembolsados en todo caso por la contraparte.
9El riesgo de daño, destrucción o pérdida de las mercancías a entregar se transmite a la contraparte en el momento especificado en el apartado 5 de este artículo.
Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la contraparte asumirá la responsabilidad y el riesgo del embalaje, almacenamiento, carga de las mercancías y transporte, así como el seguro de lo anterior.
10. En el caso de un contrato de venta internacional celebrado entre Donquilevanta y la otra parte, que no sea un consumidor, se aplicarán los INCOTERMS 2010 EXW (Ex Works) de la CCI. Donquilevanta sólo es responsable de la carga de la mercancía si así se ha acordado expresamente entre las partes y se ha hecho constar en el contrato (carga a la salida del vehículo).
11. Si Donquilevanta y la parte contraria han acordado que Donquilevanta se encargue del transporte y/o entrega de la mercancía, esto será por cuenta y riesgo de la parte contraria, aunque los costes del transporte estén incluidos en el precio acordado. Si Donquilevanta se hace cargo del transporte, no estará obligado a realizar la notificación a la que se refiere el apartado 5 de este artículo. En ese caso, la mercancía se entrega franco almacén y es por cuenta y riesgo de la contraparte desde el momento en que sale del almacén. La entrega gratuita sólo tendrá lugar cuando así se haya acordado explícitamente y se indique en el contrato o en la factura. Si la contraparte no acepta la entrega de la mercancía, o no la acepta a tiempo o en su totalidad, en la fecha (de entrega) acordada, pero no más tarde de la hora mencionada en el apartado 6 de este artículo, o si el transporte es proporcionado por Donquilevanta en el momento en que la mercancía es ofrecida a la contraparte, Donquilevanta está autorizada a almacenar la mercancía por cuenta y riesgo de la contraparte. En ese caso, Donquilevanta concederá a la contraparte un plazo para tomar posesión de la mercancía. Si la mercancía no es aceptada en ese plazo, la contraparte incurre en incumplimiento. Donquilevanta está entonces autorizado a:
– disolver el contrato extrajudicialmente y exigir una indemnización (sustitutoria), o
– vender y entregar los bienes almacenados a un tercero por cuenta y riesgo de la contraparte y exigir el pago a la contraparte como si la entrega hubiera tenido lugar. En ese caso, la contraparte también deberá a Donquilevanta todos los costes adicionales, incluidos en cualquier caso los costes adicionales de transporte y almacenamiento. Todo ello sin perjuicio de los demás derechos de Donquilevanta.
13. La contraparte está obligada en todo momento a seguir las instrucciones de carga, transporte, descarga, montaje y uso que le facilite Donquilevanta.
14. Si Donquilevanta hace uso de material de embalaje duradero (embalaje) por cuenta de la mercancía a entregar o de su transporte -independientemente de quién lo facilite-, éste se cobrará. Si este material de embalaje se devuelve sin daños -a criterio exclusivo de Donquilevanta- se liquidará. Si, con respecto a los bienes que Donquilevanta debe entregar a la parte contraria, los fabricantes y/o proveedores de Donquilevanta utilizan dichos materiales de embalaje y/o embalajes prestados, la parte contraria está obligada a devolver dichos materiales de embalaje y/o embalajes a Donquilevanta de forma gratuita y en buen estado en un plazo de 14 días tras su recepción. En caso contrario, Donquilevanta tendrá derecho a cargar los gastos ocasionados por ello a la contraparte o a repercutirlos a la contraparte.
15. En el caso de un contrato a distancia, Donquilevanta se encargará del transporte y la entrega de los bienes.
El lugar de entrega será en ese caso la dirección que el consumidor haya comunicado a Donquilevanta. 16. El riesgo de daño y/o pérdida de los bienes corresponde a Donquilevanta hasta el momento de la entrega al consumidor, salvo pacto expreso en contrario.
ARTÍCULO 8 RESERVA DE DOMINIO
1. Los bienes entregados por Donquilevanta seguirán siendo propiedad de Donquilevanta hasta que la parte contraria haya cumplido todas las obligaciones siguientes derivadas de todos los acuerdos celebrados con Donquilevanta:
– la(s) contraprestación(es) relativa(s) a los bienes entregados o a entregar;
– la(s) contraprestación(es) relativa(s) a los servicios realizados o a realizar por Donquilevanta en virtud del acuerdo;
– cualquier reclamación por incumplimiento por la parte contraria de cualquier acuerdo(s) celebrado(s) con Donquilevanta. 2. 2. Los bienes entregados por Donquilevanta que estén sujetos a reserva de dominio de conformidad con el apartado 1 de este artículo sólo podrán ser utilizados y/o enajenados en el marco de las operaciones comerciales normales. La contraparte no está autorizada a pignorar los bienes entregados ni a establecer ningún otro derecho de uso o garantía sobre los mismos.
3. La contraparte está obligada a marcar los bienes que se le entreguen bajo reserva de dominio como procedentes de Donquilevanta y a almacenarlos por separado, o al menos de forma que sea reconocible que han sido entregados por Donquilevanta. Si la contraparte encuentra artículos similares a los entregados por Donquilevanta, se considerará que dichos artículos han sido entregados por Donquilevanta con respecto a la reserva de dominio, siempre que la contraparte aporte pruebas de lo contrario. 4. Donquilevanta se reserva, de ahora en adelante, un derecho de prenda, tal y como se menciona en el Artículo 3:237 del Código Civil holandés, sobre los bienes que, de acuerdo con lo estipulado en el apartado 1 de este Artículo, hayan sido transferidos a la contraparte y que todavía estén en posesión de la contraparte, como garantía adicional para las reclamaciones que Donquilevanta pueda tener o pueda recibir contra la contraparte por cualquier motivo. Esta reserva de dominio también se aplica con respecto a los bienes entregados por Donquilevanta que hayan sido tratados o procesados por la contraparte y como resultado de los cuales la reserva de dominio de Donquilevanta se extinguiría. La contraparte autoriza a Donquilevanta, si se presenta la ocasión, a establecer este derecho de prenda (o a hacer que se establezca) redactando y firmando una escritura para la contraparte a tal efecto y haciéndola registrar, o notificándolo.
5. Si la contraparte incumple sus obligaciones o si existe un temor fundado de que no cumplirá sus obligaciones, Donquilevanta tendrá derecho a retirar, o hacer retirar, los bienes entregados sobre los que recae la reserva de propiedad de la contraparte o de terceros que tengan dichos bienes en su poder por cuenta de la contraparte. La contraparte está obligada a proporcionar toda la cooperación en este asunto bajo pena de una multa inmediatamente pagadera del 10% por día de todas las cantidades pagaderas a Donquilevanta, con un mínimo de 250,00 euros por día.
6. Si terceros desean establecer o hacer valer algún derecho sobre las mercancías entregadas bajo reserva de dominio, la contraparte está obligada a informar de ello inmediatamente y por escrito a Donquilevanta.
7. La contraparte se compromete:
● a asegurar y mantener asegurada la mercancía entregada bajo reserva de dominio contra daños por fuego y agua y a presentar la póliza de este seguro a Donquilevanta para su inspección;
● a pignorar todas las reclamaciones de la contraparte contra los aseguradores con respecto a la mercancía entregada bajo reserva de dominio a primer requerimiento de Donquilevanta tal y como se menciona en el Artículo 3:239 BW;
● a pignorar a Donquilevanta, a primera petición de Donquilevanta, todas las reclamaciones que la otra parte obtenga sobre sus clientes, tal y como se menciona en el Artículo 3:239 BW.
8. Si el contrato se refiere a bienes que Donquilevanta debe entregar a una parte contratante establecida en Alemania, se aplicarán también las siguientes disposiciones – en aplicación análoga de las disposiciones de los apartados 1 a 7 de este artículo:
● las consecuencias patrimoniales de la reserva de dominio se regirán por la legislación alemana;
● la mercancía entregada por Donquilevanta seguirá siendo -además de en los casos mencionados en el apartado 1 de este artículo- también propiedad de Donquilevanta hasta que la otra parte haya pagado íntegramente a Donquilevanta todas las reclamaciones existentes y futuras -sea cual sea el motivo-, más intereses y gastos;
● Si los artículos entregados por Donquilevanta pasan a formar parte de otro artículo, o en caso de adhesión o mezcla de los artículos entregados por Donquilevanta con otros artículos, Donquilevanta se convertirá en copropietario del nuevo artículo en la proporción del valor de factura de los artículos entregados por Donquilevanta y el valor de factura de los otros artículos. En caso de que los derechos de propiedad de Donquilevanta se extingan como resultado de una adhesión, conversión o mezcla, la contraparte transfiere por la presente su (participación en la) propiedad del nuevo artículo creado a Donquilevanta.
ARTÍCULO 9 DEBER DE DENUNCIA
1. La otra parte está explícitamente obligada a examinar los bienes para comprobar si están completos, si tienen roturas y/o daños inmediatamente después de la entrega/recepción y, si esto no es posible, en la primera oportunidad posible después de la entrega, así como si los bienes entregados se ajustan a lo acordado. 2. La parte contraria, que no sea un consumidor, debe notificar a Donquilevanta por escrito cualquier deficiencia visible, como defectos, daños y/o roturas, inmediatamente después de su descubrimiento, pero a más tardar 24 horas después de la entrega/recepción, de lo contrario caducará el derecho de la parte contraria a reclamar que los bienes entregados no se ajustan al acuerdo o a emprender acciones legales a este respecto. Las reclamaciones que se refieran a la calidad de los bienes entregados y que no sean (aún) visibles en el momento de la entrega deberán ser comunicadas por escrito a Donquilevanta por la contraparte, que no sea un consumidor, en un plazo de 24 horas a partir del momento en que dichos defectos hayan llegado razonablemente a conocimiento de la contraparte, en cuyo defecto caducará el derecho de la contraparte, que no sea un consumidor, a reclamar que los bienes entregados no se ajustan a lo acordado o a iniciar acciones legales al respecto. Si la otra parte, que no es un consumidor, notifica a Donquilevanta por escrito cualquier deficiencia, la otra parte deberá en esa ocasión notificar también a Donquilevanta el incumplimiento y fijar un plazo razonable de al menos 15 días laborables en el que Donquilevanta tenga la oportunidad de cumplir aún adecuadamente.
3. Las partes consideran que un plazo de 14 días a partir de la entrega/recepción de los bienes entregados es suficiente para tratar los defectos que (aún) no eran visibles en el momento de la entrega, siempre que la contraparte aporte pruebas de lo contrario.
4. Si la parte contraria, que no es consumidor, ha presentado una reclamación a Donquilevanta a tiempo, tal y como se indica en el apartado 2 de este artículo, y si, en opinión de Donquilevanta, efectivamente hay bienes entregados que no se ajustan (totalmente) a lo acordado, Donquilevanta tiene la opción de entregar lo que falta, sustituir los bienes entregados o reembolsar el precio de compra. Donquilevanta nunca estará obligado a nada más.
5. Si los bienes no se ajustan al contrato, la parte contraria, que no sea un consumidor, deberá almacenarlos gratuitamente y devolverlos a Donquilevanta a su primer requerimiento, sin cargo alguno. No obstante, Donquilevanta puede optar por no aceptar la devolución de dichos bienes. En ese caso, la otra parte, al no ser consumidor, será responsable de la retirada y destrucción de los mismos a su costa.
6. Las desviaciones menores en lo entregado, que sean de tal naturaleza que se consideren aceptables en el comercio y desviaciones técnicamente inevitables en calidad, modelo o color, no constituyen motivo de reclamación y no se califican como defecto imputable a Donquilevanta.
7En el momento en que la otra parte o terceros manipulen o procesen los artículos entregados, el derecho a reclamar sobre dichos artículos y/o a interponer una acción legal al respecto caduca. Dichos bienes se consideran conformes con el acuerdo.
ARTÍCULO 10 GARANTÍA
1. Con respecto a cualquier cosa entregada o que vaya a ser entregada por Donquilevanta, sólo se ofrece la garantía proporcionada por el fabricante o la fábrica. Donquilevanta no está obligado a hacer más que remitir una reclamación al fabricante o fábrica. Nada está garantizado por Donquilevanta.
2. La información, consejos y apéndices, ilustraciones y dibujos, catálogos, listas cruzadas, referencias, diagramas, especificaciones técnicas o información, y otros documentos proporcionados por Donquilevanta con la oferta o en el acuerdo, sea o no por medios digitales o en el sitio web o en un sistema digital/online, son libres de obligación y únicamente indicativos e informativos. Dicha información no constituye garantía alguna. La otra parte no podrá derivar ningún derecho de la misma.
3. Si a la contraparte se le muestra o facilita un ejemplo, muestra, imagen o cualquier otro tipo de información relativa a la calidad o apariencia de los bienes a entregar antes o en el momento de la oferta, esto se hace únicamente a título indicativo, sin que los bienes tengan que corresponderse con ello. Donquilevanta pone el máximo cuidado en la recopilación y suministro de información relativa a sus productos y servicios, como en folletos, en su sitio web y en su tienda web, etc. A pesar de dicho cuidado puede ocurrir que existan discrepancias. Donquilevanta no se hace responsable de ninguna desviación.
ARTÍCULO 11 EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
1. La responsabilidad de Donquilevanta se limita a la obligación de garantía descrita en el Artículo 10 de estas condiciones y a la obligación de entrega descrita en el Artículo 7 de estas condiciones.
2. Para todos los daños directos sufridos por la contraparte, tal y como se describen en el artículo 1 (2) de las presentes condiciones, causados por una deficiencia imputable a Donquilevanta en el cumplimiento del contrato, la responsabilidad de Donquilevanta, salvo en caso de dolo o imprudencia deliberada por parte de Donquilevanta o de responsabilidad en virtud de disposiciones imperativas, se limita a un máximo del doble del valor de la factura de la mercancía entregada y defectuosa (IVA excluido).
3. Donquilevanta no se hace responsable de los daños indirectos descritos en el artículo 1 (2) de estas condiciones, salvo en caso de dolo o imprudencia deliberada por parte de Donquilevanta o de responsabilidad basada en disposiciones legales imperativas.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9 (4) de las presentes condiciones, Donquilevanta sólo será responsable de los daños resultantes de incumplimientos imputables si la otra parte notifica por escrito y sin demora a Donquilevanta el incumplimiento, concediéndole un plazo razonable de al menos 15 días laborables para subsanar el incumplimiento, y Donquilevanta sigue incumpliendo imputablemente sus obligaciones incluso después de la expiración de dicho plazo. El aviso de incumplimiento debe contener una descripción clara y lo más completa posible de las deficiencias.
5. Una condición para tener derecho a cualquier indemnización es siempre que la contraparte comunique por escrito el daño a Donquilevanta inmediatamente después de que se produzca, tal y como se describe también en el Artículo 9 párrafo 2 de estas condiciones. Cualquier reclamación por daños prescribirá a los 24 meses de la celebración del contrato. 6. Si el tribunal decidiera en un caso concreto que Donquilevanta no tiene derecho a apelar a las exclusiones y/o limitaciones de responsabilidad mencionadas en los apartados 1 a 3 de este artículo, la responsabilidad de Donquilevanta por daños directos e indirectos se limitará en cualquier caso a un máximo de la cantidad (en la que se incluyen los intereses y costes) a la que se pueda reclamar sobre la base del seguro de responsabilidad suscrito por Donquilevanta, si lo hubiera, que sea habitual en el sector y acorde con el mercado, que se incrementará en la franquicia. En ausencia de dicho seguro, la responsabilidad en tal caso se limitará en todo caso a un importe de 10.000 euros.
ARTÍCULO 12 FUERZA MAYOR
1. Una deficiencia en el cumplimiento del acuerdo por parte de Donquilevanta, entre otras cosas, no puede atribuirse a Donquilevanta si las causas de esta deficiencia no se deben a culpa de Donquilevanta o caen fuera de la esfera de riesgo de Donquilevanta . Las causas a las que se refiere la frase anterior incluyen condiciones meteorológicas, guerra, amenaza de guerra, guerra civil, terrorismo, disturbios, actos de guerra, incendios, daños por agua, inundaciones, huelgas, huelgas de brazos caídos, impedimentos a la importación y exportación, medidas gubernamentales, defectos en la maquinaria, interrupciones en el suministro de gas, agua y electricidad, problemas de transporte, pérdida o daño de datos informáticos necesarios para la ejecución del contrato y estancamiento c.q. interrupción de las entregas por parte de terceros de los que Donquilevanta deba obtener materias primas, materiales o piezas o los elementos mencionados en el contrato para la ejecución del mismo. 2. En caso de fuerza mayor, Donquilevanta tiene derecho, una vez hayan desaparecido las circunstancias que dieron lugar a la fuerza mayor, a seguir ejecutando el contrato. Sin embargo, Donquilevanta también puede optar por disolver el contrato si el cumplimiento es total o parcialmente imposible y no será posible en un plazo razonable. En ese caso, Donquilevanta no está obligado a pagar ningún tipo de indemnización, salvo el abono del precio acordado.
3. En caso de incumplimiento no imputable al cumplimiento del contrato por parte de la contraparte, Donquilevanta siempre estará autorizado a disolver el contrato total o parcialmente, sin que la contraparte pueda en ese caso hacer valer ninguna reclamación de indemnización contra Donquilevanta . En ese caso, Donquilevanta sólo estará obligado a abonar el precio acordado.
ARTÍCULO 13 CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN
1. Cuando se haya acordado entre la parte contraria y Donquilevanta que, en relación con la gestión de existencias de la parte contraria, los artículos puedan ser devueltos a Donquilevanta por esta última, se aplicarán las siguientes disposiciones. 2. Sólo se podrán devolver los artículos entregados a la parte contratante por Donquilevanta . Los artículos no entregados por Donquilevanta no pueden ser devueltos, independientemente de que dichos artículos formen parte de la gama de productos de Donquilevanta .
3. El envío de devolución mencionado anteriormente sólo es posible con el permiso previo por escrito de Donquilevanta . La otra parte debe hacer una solicitud por escrito a tal efecto, indicando lo que desea devolver. Se aplica un plazo de devolución de hasta 30 días.
4. Las devoluciones sólo son posibles si la mercancía se encuentra en su estado original, sin daños, y en su embalaje original, sin daños.
5. Cuando una solicitud de devolución sea aceptada por Donquilevanta , la contraparte adeudará a Donquilevanta una cantidad igual al 15% del valor neto de la factura de las mercancías mencionadas en la solicitud, independientemente de lo que se devuelva realmente.
6. Si durante una devolución resulta que el embalaje debe ser sustituido -a criterio exclusivo de Donquilevanta -, la contraparte deberá abonar a Donquilevanta los costes correspondientes, con un mínimo de 10,- € (sin IVA) por paquete.
Donquilevanta tiene derecho en todo momento a rechazar una solicitud de devolución, incluso sin indicar los motivos.
7. Contrariamente a lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo, en el caso de un contrato a distancia, si el Consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, está obligado a devolver a Donquilevanta los bienes que le hayan sido entregados lo antes posible, pero en el plazo de 14 días desde que el Consumidor haya notificado a Donquilevanta que desea hacer uso de su derecho de desistimiento. El consumidor correrá con los gastos directos de devolución de los bienes. El consumidor devuelve los bienes con todos los accesorios entregados, en su estado y embalaje original y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por Donquilevanta .
ARTÍCULO 14 EMBARGO
1. Donquilevanta está autorizado a retener los bienes que Donquilevanta tenga o vaya a tener en su poder de la parte contraria, hasta que todos los importes debidos a Donquilevanta en virtud del contrato celebrado hayan sido pagados en su totalidad por la parte contraria. 2. El riesgo de las mercancías cubiertas por este derecho de retención permanece en todo momento con la contraparte.
ARTÍCULO 15 PROPIEDAD INTELECTUAL
1. Donquilevanta y sus licenciantes conservan la plena propiedad de toda la información y de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial relativos a cualquier cosa suministrada y/o desarrollada por nosotros o por terceros durante o antes del Acuerdo entre las Partes, incluyendo, sin limitación, listas de precios, informes, recomendaciones, muestras, registros, cálculos, folletos, diseños, bocetos y dibujos, y procesos de producción. La Otra Parte estará obligada a devolver o destruir dichos datos al primer requerimiento de Donquilevanta Franco. 2. La contraparte no está autorizada a utilizar marcas comerciales, patentes, modelos de utilidad, nombres comerciales, nombres de dominio, obras protegidas por derechos de autor y/o bases de datos de Donquilevanta y/o su(s) empresa(s) afiliada(s) y/o sus licenciantes sin el permiso previo por escrito del titular de los derechos. 3. La contraparte nunca disputará los derechos de propiedad intelectual y/o industrial de Donquilevanta , ni intentará registrar uno o más de estos derechos, ni intentará obtener de otro modo la protección de estos derechos a su favor. 4. En caso de violación de las disposiciones del presente artículo, la parte contraria deberá pagar una multa de 1.000,00 euros) por cada violación, más una cantidad de 1.000,00 euros) por cada día que continúe la violación, sin perjuicio de todos los demás derechos de Donquilevanta . La otra parte también deberá intereses comerciales legales sobre el importe de la sanción en cuestión desde el día de la infracción.
ARTÍCULO 16 CONVERSIÓN
1. En caso de nulidad o anulación de alguna de las disposiciones de las presentes Condiciones Generales, dicha disposición será sustituida (en la medida de lo posible por ministerio de la ley) por una disposición que corresponda lo más fielmente posible al sentido de la disposición nula o anulada. En caso necesario, las partes están obligadas a consultarse razonablemente sobre el texto de esta nueva disposición. Las demás disposiciones de las Condiciones Generales permanecerán en pleno vigor y efecto, a menos que las normas imperativas de la ley dicten lo contrario.
ARTÍCULO 17 LITIGIOS Y LEY APLICABLE
- Todas las ofertas y acuerdos con Donquilevanta se regirán exclusivamente por la legislación holandesa. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías («Convención de Viena sobre la Compraventa»).
- Con respecto a los litigios que puedan surgir entre Donquilevanta y la otra parte, el tribunal holandés en cuya jurisdicción se encuentre Donquilevanta tendrá jurisdicción exclusiva para conocer de ellos, a menos que las disposiciones legales obligatorias exijan lo contrario.